El Tribunal Supremo acaba de abrir la vía para que los Ingenieros Industriales, sin necesidad de constituir una empresa, puedan realizar inspecciones de instalaciones actuando como OCA. Así se recoge de la sentencia dictada el pasado 29 de junio de 2011 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección 3ª del Tribunal Supremo al contencioso-administrativo número 252/2010 interpuesto por el Consejo General de Colegios de Ingenieros Industriales.
De este modo, un ingeniero industrial podrá realizar inspecciones de instalaciones sin necesidad de crear una empresa. Eso sí, necesitará contar con la acreditación preceptiva, y deberá demostrar la capacidad para disponer de los medios necesarios para acometer las tareas de inspección.
En estos momentos, el Ilustre Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Galicia está estudiando pormenorizadamente la sentencia para determinar las condiciones y requisitos que se exigirán a los ingenieros industriales que quieran actuar como OCA para después transmitírselas a los colegiados.
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