El Seguro de Estudios de AMIC está dirigido a todos los colegiados que hayan comunicado la situación escolar de sus hijos menores de 26 años. Dicho seguro cubre el fallecimiento y la invalidez absoluta y permanente del asegurado, en este caso el colegiado. Los beneficiarios del seguro serán los hijos del colegiado que estén asegurados ya que, en caso de muerte o invalidez de su progenitor, tendrán derecho a percibir prestaciones por un importe de 1.500 euros por año e hijo, siempre que efectúen estudios universitarios. La edad máxima son los 26 años.
Para realizar el seguro no es necesario que los hijos del colegiado estén cursando en esos momentos estudios universitarios. El seguro se puede firmar con cualquier edad de los hijos, con esa mencionada limitación de los 26 años. En todo caso, las prestaciones comenzarían a percibirse cuando inicien su formación universitaria.
El coste de este Seguro de Estudios (AMIC) es de 12,06 euros por trimestre e hijo beneficiario. En los casos en los que la diferencia de edad entre el colegiado y el hijo sea igual o superior a los 40 años, este coste se incrementa en un 20%.
El Colegio subvenciona el 50% de este seguro con cargo a los superávits de otros años. De este modo, el importe a pagar por el colegiado sería de 6,03 euros por trimestre e hijo beneficiario (o 7,24 euros por trimestre e hijo beneficiario en los casos en los que la diferencia de edad entre asegurado y beneficiario sea igual o superior a los 40 años).
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Los lectores son responsables de los comentarios que publican y el ICOIIG se reserva la posibilidad de moderarlos en los siguientes casos:
- comentarios difamatorios, vejatorios, insultantes, injuriantes o contrarios a las leyes españolas.
- lenguaje soez. Los comentarios deben ser respetuosos y no podrán incluir amenazas ni ataques personales a nadie.
- comentarios que puedan ser considerados spam, publicidad comercial o material protegido por derechos de autor.
- comentarios enviados por robots o programas informáticos.
El ICOIIG se reserva la posibilidad de emprender las medidas legales oportunas si se lesionasen derechos de los colegiados en alguno de los comentarios del blog, responsabilizándose civil o penalmente el autor material de los mismos.